La paz un derecho fundamental de
estricto cumplimiento, dado que se establece como una norma fundamental en nuestro
ordenamiento jurídico, y el ordenamiento natural del ser humano, así como su relaciones
intersubjetivas y/o con el estado. La tesis
planteada por Luigi Ferrajoli –en entrevista concedida a revista semana el
pasado 25 de octubre de 2016 -, es el punto de partida de este articulo, donde
plantearemos tres puntos de partida para que en nuestra nación la paz sea
garantizada como un derecho fundamental.
Entre los puntos fundamentales,
tenemos: la democracia, desarrollo sostenible y, igualdad entre sus
ciudadanos. En lo que tiene que ver con la
democracia, encontramos que debe haber un fortalecimiento de su sistema político,
lo que va a permitir en sus súbditos, una convivencia pacífica. La cual permitirá
que esos derechos sean respetados, en este caso particular y concreto seria la
paz, desde el entendido que la única forma de gobernar es a través de la toma
de decisiones de sus ciudadanos. Es por ello que la democracia, a su vez debe
generar entre sus conciudadanos seguridad y estabilidad, para llegar así a una
justicia reparadora que conlleve a un desarrollo sostenible.
Ahora la paz debe ser concebida
con un valor supremo, para combatir la pobreza, facilitar la igualdad en todos
los campos, en donde impere la justicia y progreso de una nación. Por lo que
este derecho debe ser promovido conforme a la Constitución Política de Colombia
la cual establece la Paz como un derecho y como tal el estado colombiano debe
de garantizarlos a su pueblo por ser de obligatorio cumplimiento. Pues de nada
sirve tener este derecho si se permiten conflictos bélicos internos, que transgrede otros derechos fundamentales.
En cuanto a lo esbozado por el
Dr. Ferrajolli, en su entrevista, es claro que este derecho no debió ser
someterse a un plebiscito, dado que como derecho fundamental, se deberían buscar
otras herramientas constitucionales jurídicas para su consolidación mas no su aprobación;
entre las instrumentos jurídicos para resolver la problemática suscitada por unos grupos del sí y el no, es la implementación
de una justicia restaurativa transicional, que procure la desaparición de toda
violencia institucional o estado de guerra.
Hay que tener en cuenta que en el
preámbulo de nuestra Constitución Política,
se ordena fortalecer este concepto, lo que explica que el fin esencial del
estado es garantizar la efectividad de sus principios y derechos y asegurar la convivencia
pacífica de su población. Y no prestarse el Estado para convocar un plebiscito
como instrumento validador para los acuerdos realizados en la Habana con la
FARC, todo por hecho de la presión suscitada entre algunos sectores
Colombianos, lo que queda claro el día de hoy es que la Paz es un derecho de
rango constitucional y que debe ser garantiza por nuestro Estado Colombiano,
esto es no debería estar sujeto a las reglas de las mayorías. Antes por el contrario debió hacer un acuerdo
teniendo en cuenta lo que establece nuestra constitución y el fin que persigue
la paz, la cual debe darse bajos unos parámetros: 1. Que haya reparación integral
para las víctimas del conflicto. 2. Fin
del Conflicto armado con dejación de armas. 3. Fin al tráfico de Drogas Ilícitas.
4. Justicia Penal Transicional. Si bien la paz solo con la afirmación de ser un
derecho, no garantiza que se dé inmediata aplicación, en el supuesto que debe
haber una transición entre el estado de guerra y el estado de paz.
Ahora bien, no quiere decir esto
que el proceso de paz firmado entre el gobierno y el grupo armado FARC –EP, sea
perfecto, porque si bien plantea un cumulo de instituciones que buscan
estabilizar el mismo hace falta construir más frente a la cultura de garantizar
los derechos fundamentales y mas aquellos que tiene un rango supremo como lo es
la Paz, adicional a esto deberá haber una mayor participación de las victimas
que ayude ampliar la visión de la magnitud del conflicto que se quiere culminar
y lograr un concesión en la población nacional, para que de esta manera se dé
una paz-efectiva.
Finalmente, la Paz no se logra
solo con la firma de los acuerdos, sino que se logra con la optimización y garantías
de los derechos fundamentales de las diferentes clases sociales.
Comentario al post: "La Paz como derecho fundamental".
ResponderEliminarMe parece que el planteamiento de Ferrajoli no apunta a que la refrendación popular conduzca al reconocimiento de la Paz como derecho fundamental, sino a que se podía prescindir de esa refrendación, ya que el Acuerdo de paz desarrolla un derecho que no ha sido cuestionado.